Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, destinado a abolir la pena de muerte

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El Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, destinado a abolir la pena de muerte, fue adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 15 de diciembre de 1989 y entró en vigor el 11 de julio de 1991. Este instrumento complementa al [Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos] y establece el compromiso jurídico de los Estados Parte de abolir totalmente la pena de muerte en su jurisdicción.

Gracias al Segundo Protocolo Facultativo del Pacto, los Estados se obligan a no ejecutar a ninguna persona bajo su jurisdicción y a adoptar todas las medidas necesarias para eliminar la pena capital de su legislación. El protocolo también establece que no se podrán formular reservas, salvo una limitada a su aplicación en tiempo de guerra y únicamente respecto a delitos militares extremadamente graves.

Este tratado reafirma el derecho a la vida como valor supremo del sistema internacional de derechos humanos y refuerza el avance global hacia la erradicación definitiva de la pena de muerte. Su adopción ha sido clave para impulsar reformas legales y consolidar un enfoque humanitario, incluso en contextos con altos niveles de violencia o represión estatal.